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Presupuesto
EPI certificado

Epis certificados y seguros ¿cómo comprobarlo?

¿Tiene el EPI que has comprado certificado? ¿Qué certificados son seguros? ¿Qué información debe contener el certificado de EPI? ¿Qué EPIS provenientes de China son seguros? ¿Quién tiene que validar esos certificados?

El INSST redactó el día 3 de mayo de 2020 un documento que tiene como objetivo la actualización de la información y de las indicaciones que se centran en la verificación de la documentación técnica que debe acompañar y recoger los EPI con el fin de que los mismos, aseguren un nivel adecuado, protegiendo de una manera totalmente efectiva la salud y la seguridad de los usuarios.

Debe ser imprescindible verificar la trazabilidad del EPI donde se manifieste el cumplimiento de los estándares técnicos de cada producto concreto. Concretamente se apicara a los EPI de categoría II y III:

EPI DE CATEGORIA II: Es una categoría muy abierta ya que congrega dentro de ella aquellos EPI que no cumplen con las características exigibles de las categorías I y III. En ella se incluyen: los protectores auditivos, la mayoría de la ropa laboral, calzado de seguridad, protección de cabeza ...

EPI DE CATEGORIA III: Son EPI destinados a proteger de riesgos cuyo efecto provoquen la muerte o daños súbitos e irreversibles para la salud del usuario:
  o Los equipos de protección respiratoria que protejan contra aerosoles sólidos y líquidos y contra gases irritantes, tóxicos, peligrosos y radioactivos.
  o Equipos de protección respiratoria aislantes de la atmosfera, incluyendo los destinados a las inmersiones.
  o Los EPI de protección limitada en el tiempo contra las agresiones químicas o radiaciones ionizantes.
  o Los equipos de protección de intervención en ambientes cálidos, efectos de temperatura ambiente igual o superior a los 100 °C.
  o Equipos de protección en ambientes con temperaturas iguales o inferiores a los -50 °C.
  o Equipos de protección contra caídas en altura.
  o Equipos que protegen contra riesgos eléctricos para trabajos bajo tensiones peligrosas o alta tensión.

En los EPI de categoría II y III el fabricante debe someterse al control de un laboratorio independiente designado expresamente por un Estado Miembro de la UE y que se encargará de llevar a cabo los ensayos para verificar si se cumplen los requisitos que recoge la legislación, concretamente el Reglamento de la UE 2016/425 y como consecuencia de superar dichos controles, se le otorgara el marcado CE. Estos certificados CE se basaran según lo recogido en la Directiva del CEE 89/686.

Los certificados deberán ser emitidos por un Organismo Notificado, que son aquellos que están dados de alta en la base de datos conocida como NANDO.

Las mascarillas, ropa y guantes de protección química:
· Son EPI de categoría III.
· En sus declaraciones de conformidad deberá indicarse el Organismo Notificado que hace el examen tipo B.
· Las declaraciones de conformidad también deberán reflejar el Organismo Notificado que hace el control de producción en los módulos C2 o D.

Las gafas o pantallas faciales:
· Son EPI de categoría II.
· En sus declaraciones de conformidad deberá indicarse el Organismo Notificado que hace el examen tipo B.

Todo equipo deberá incluir o presentar su Declaración de Conformidad. No serán válidos aquellos certificados emitidos por entidades que no son Organismos Notificadores o que aun siéndolo, no lo son para la normativa EPI. Por lo tanto, estos certificados no son válidos y no indican el No de cuatro cifras que identifica al Organismo Notificado.

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¿Qué información mínima debe aportar un EPI certificado de examen de la UE?

a) Nombre y número de identificación del Organismo Notificado.
b) Nombre y dirección del fabricante.
c) Identificación del EPI certificado.
d) Declaración de que el EPI cumple con los requisitos esenciales de salud y seguridad aplicables.
e) Referencia a las normas armonizadas aplicables o al menos a parte de ellas.
f) Referencia a la aplicación de otras especificaciones técnicas.
g) Si procede, el nivel o niveles de rendimiento o clase de protección del EPI.
h) Fecha de expedición y expiración del certificado.
i) En los de categoría III, la declaración de que el certificado se usa solo junto con los procedimientos de evaluación de la conformidad de la producción (módulo C2 o D).

También podemos consultar la Resolución del 23 de abril de 2020 redactada y emitida por la Secretaria de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa donde se hace referencia a los EPI que, siempre dentro del contexto y ámbito de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, pueden proveerse y comercializarse para la detención y contención del virus. Podemos resumirla a grandes rasgos en las siguientes conclusiones:

1. Si un EPI no dispone de un certificado UE expedido por un Organismo Notificado, podrá ser suministrado de forma excepcional.
2. Deberán contar con una autorización especial y temporal expedida por la Autoridad de Vigilancia del Mercado.
3. En el caso de que sea material destinado al personal sanitario y adquirido por la Administración Publica, será ésta la que deberá haber realizado la previa verificación correspondiente durante el proceso de compra o donación.

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¿Y lo que viene de China?

En cuanto a los muchísimos EPIS certificados e informes emitidos por organismos chinos, debido a la escasez de producto homologado y certificado bajo los estándares de calidad exigidos en la UE, deberemos verificar si esos certificados han sido expedidos por un organismo que se encuentre en la lista de laboratorios acreditados por la Entidad China de Acreditación: Laboratories Accredited by CNAS for Testing of Masks,Gloves, Medical Protective Clothing and Other Personal Protective Equipment y CNAS: China National Acreditation Service For Conformity Assessment.

En los informes o certificaciones deberá incluirse: foto del equipo, denominación, modelo y solicitante.

Todo ello ayudara a realizar una trazabilidad del producto. EL INSST además en esta nota nos pone ejemplos de certificados no válidos y que se están presentando para respaldar productos no autorizados para su distribución: CELAB 1CELAB 2ECMICR POLSKA 1ICR POLSKA 2ISET y NPS.

Ante este apogeo de aparición de EPIS con certificados falsos se ha creado una plataforma en la que se ayuda a los usuarios y consumidores a poder identificar que productos se están distribuyendo y que no cumplen las exigencias de la Resolución del 23 de abril de la Secretaria de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa: https://verifeyedirectory.bsigroup.com/

Además puede consultarse la página de la ESF (European Safety Federation) que incluye la información necesaria y relevante sobre los certificados falsos o sospechosos.


        

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Autor del blog SAME - Mejorando el espacio

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