LÍNEAS DE VIDA SORIA
Instalamos líneas de vida, homologadas y certificadas, reguladas por la norma UNE-EN 795 "C".
También revisamos y certificamos las ya instaladas.
Todas de máxima resistencia y dureza, están sujetas a una superficie evitando el alto riesgo que supone la actividad.
Te asesoramos y proporcionamos el equipo de protección individual (EPI) necesario, que cumpla todos los requisitos según las exigencias y máximos niveles de calidad de las normas europeas que definen los estándares de diseño, fabricación y métodos de ensayo.

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La Norma EN 795 especifica los requisitos, los métodos de ensayo, las instrucciones y el marcado de los dispositivos de anclaje, destinados a ser utilizados con Equipos de Protección Individual contra las caídas de altura.
En esta norma hay que diferenciar entre:
- EN 795 anclajes o líneas de anclajes o de vida.
- EN 795 A1 anclajes únicos para superficies verticales, horizontales e inclinadas.
- EN 795 A2 anclajes únicos para los tejados inclinados.
- EN 795 B anclajes portátiles provisionales.
- EN 795 C línea de vida horizontal flexible.
- EN 795 D línea de vida horizontal rígida.
- EN 795 E anclaje horizontal de peso muerto.
Es decir, la norma EN 795 regula los dispositivos de anclaje, anclajes únicos o líneas de anclaje o de vida.
¿Cuales son los requisitos generales de la Norma?
Como requisito general se puede considerar que todos los puntos o dispositivos de anclaje, fijos o portátiles, tienen que estar diseñados para que una vez conectados a un Equipo de Protección Individual no puedan ser desconectados involuntariamente.
Los requisitos específicos de la Norma: EN 795 C
La clase C incluye a los dispositivos de anclaje equipados con líneas de anclaje flexibles horizontales. Se conocen como líneas de vida horizontales, y no pueden desviarse de la horizontalidad más de 15 º.
Estos dispositivos tienen que estar proyectados de forma que no sea posible, que un punto de anclaje móvil pueda desconectarse involuntariamente, debe tener terminales de tope, y si el anclaje móvil tiene un dispositivo de apertura, éste debe de contener dos acciones voluntarias y consecutivas para conectarlo y desconectarlo.
Si la línea de vida es de cuerda, bandas o cable metálico, deberán ser como mínimo del doble de la fuerza máxima aplicada a la cuerda, banda o cable. Esto será aplicado igualmente cuando las instrucciones del fabricante contemplen la utilización simultánea de dos a más personas.
En los dispositivos de anclaje tipo C las instrucciones deben incluir la fuerza máxima permisible sobre los anclajes estructurales, terminales o intermedios.
Para las clases C y E el fabricante o instalador debe indicar sobre la línea de vida o en su proximidad, al menos los siguientes parámetros:
- El número máximo de trabajadores que pueden conectarse.
- La necesidad del uso de absorbedores de energía.
- La altura libre mínima exigida.ac metus diam.